¿Que es el Certificado Energético?
Es un documento que contiene información sobre las características energéticas y la eficiencia energética de un edificio o unidad de este, determinando lo eficaz que es un inmueble en cuanto al consumo de energía. Califica el inmueble desde la A a la G, siendo la A la mas alta calificación ( menor consumo) y la G la mas baja (mayor consumo)
¿Que inmuebles están obligados a obtenerla?
· nueva construcción
· o unidades de edificios existentes que se vendan o alquilen a un nuevo arrendatario
· Modificaciones, reformas o rehabilitaciones de edificios existentes, con una superficie útil superior a 1.000 m2 donde se renueven más del 25 por cien del total de sus cerramientos.
¿Quién es el responsable de obtenerla?
El promotor o propietario del edificio o de la vivienda o local es el responsable de obtener y abonar el coste de este certificado para poder venderlo o alquilarlo.
¿Que pasa si no la obtiene?
Si a partir de enero de 2013, alquilamos o vendemos un inmueble que carece de certificación, el vendedor o arrendador puede sufrir los siguientes problemas:
· Ser sancionado por el órgano competente de su comunidad autónoma
·Que el contrato de compraventa o arrendamiento sea declarado nulo por no haber informado correctamente al comprador o arrendatario.
· Que el vendedor/arrendador tenga que indemnizar al comprador o inquilino
¿Quién puede realizarla?
El certificado será suscrito por técnicos que estén en posesión de la titulación académica y profesional habilitante para la realización de proyectos de edificación o de sus instalaciones térmicas.
¿Debe Registrarse el Certificado Energético?
Si, debe ser registrado por el propietario del edificio ante el órgano competente de la Comunidad Autónoma.